Normativas y precauciones en la maniobra de marcha atrás
La maniobra de marcha atrás es considerada intrínsecamente peligrosa, según lo establecido por el Reglamento de Circulación, que prohíbe de manera general la circulación en esta dirección. No obstante, existen excepciones específicas que permiten esta maniobra en circunstancias particulares.
Condiciones para circulación marcha atrás
La principal excepción autoriza la marcha atrás cuando no es factible avanzar, cambiar la dirección o realizar una maniobra complementaria, como detenerse, estacionar o incorporarse al tráfico, siempre y cuando se recorra hacia atrás la distancia mínima imprescindible.
Limitaciones en la parada y el estacionamiento
En el caso de parada o estacionamiento, el desplazamiento hacia atrás no debe superar los 15 metros, y está prohibido invadir cruces durante esta maniobra. Estos mismos requisitos se aplican a aquellos que pretenden unirse a una vía.
En autopistas y autovías, la circulación en sentido contrario queda terminantemente prohibida.
Ejecución correcta de la marcha atrás
Cuando se lleva a cabo la maniobra de marcha atrás, es crucial realizarla lentamente, asegurándose de no representar peligro alguno para otros usuarios de la vía debido a problemas de visibilidad, espacio o tiempo necesario para ejecutar la maniobra.
Además, la maniobra debe señalizarse con la luz de marcha atrás correspondiente, o en su defecto, extendiendo horizontalmente el brazo con la palma de la mano hacia atrás. En caso de percibir indicadores como ruidos de motor, claxon o sirenas, o notar la proximidad de otros vehículos, personas o animales, se debe detener el vehículo de inmediato y, si es necesario, abandonar la maniobra.
Sanciones por incumplimiento
Las infracciones vinculadas al incumplimiento de las normas sobre marcha atrás, como circular en esta dirección teniendo alternativas, invadir cruces o recorrer más de 15 metros para estacionar, se consideran infracciones graves y conllevan una multa de 200€.
Si esta maniobra se realiza en autopista o autovía, se añade la retirada de 4 puntos del permiso de conducción.
Cuando se circula en sentido contrario al establecido en un tramo largo de la vía, excediendo la maniobra normal de marcha atrás, se clasifica como infracción muy grave. La sanción correspondiente es de 500€ y la retirada de 6 puntos del permiso de conducir. Estas medidas buscan garantizar la seguridad vial y fomentar el cumplimiento de las normativas de circulación.
Fuente: Arag