Seguro escolar

Seguro escolar

Es un Seguro que protege a los estudiantes, menores de 28 años, que cursen estudios oficiales desde  3º de  Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O.), hasta el final del 3er ciclo universitario,  mediante prestaciones sanitarias y económicas, en caso de enfermedad , accidente escolar e infortunio familiar.

Prestaciones:

  • Accidente Escolar: Asistencia médica y farmacéutica, indemnizaciones económicas por incapacidad y gastos de sepelio.
  • Enfermedad: Asistencia médica, asistencia farmacéutica y gastos de sepelio. Incluye la cirugía general, neuropsiquiatría, tocología, tuberculosis pulmonar y ósea . En determinados casos se pueden otorgar prestaciones de fisioterapia, quimioterapia, radioterapia, cobaltoterapia  y cirugía maxilo-facial.
  • Infortunio familiar: Prestación económica por fallecimiento del cabeza de familia o  ruina familiar.

Beneficiarios:

El beneficiario de las prestaciones del Seguro Escolar es el estudiante, excepto en las indemnizaciones por fallecimiento por accidente o enfermedad en que serán los familiares.

Requisitos:

  • Tener menos de 28 años, ser español o extranjero con residencia legal en España.
  • Estar matriculado en los estudios comprendidos en el Seguro y haber abonado la cuota.
  • Acreditar un año de Seguro.

Este último requisito no se exige para las prestaciones derivadas de accidente escolar, infortunio familiar y tocología, ni a los estudiantes que el año anterior hayan cursado 2º de ESO, educación especial o que hayan continuado sus estudios en el extranjero.

Cuantías / Pagos / Efectos:

Distintas cuantías dependiendo de la prestación.

El pago de las prestaciones económicas puede ser pago directo en la entidad financiera que tenga asignada la Dirección Provincial del INSS  o por transferencia en la entidad financiera elegida en la solicitud.

Plazos:

El plazo para solicitar las prestaciones derivadas de accidente escolar es de un año.

El plazo para solicitar  gastos de sepelio, infortunio familiar  y otras prestaciones económicas es de cinco años.

El reconocimiento o denegación de las prestaciones del Seguro Escolar se resolverán y notificarán en un plazo máximo de 90 días.

Documentación:

  • DNI  o libro de familia. Documento acreditativo de la identidad, para los extranjeros
  • Estudiantes no universitarios: Certificado del centro de estudios
  • Estudiantes universitarios: Resguardo del impreso de matrícula
  • Documentación específica para  cada prestación

Fuente: Comunicación CMP