Novedades fiscales para el 2024

El comienzo de este año presenta cambios significativos en materia fiscal que impactan tanto a individuos como a autónomos y empresas. A continuación, se detallan las modificaciones en aspectos como las nóminas, el cobro de rentas de alquiler, las criptomonedas y más.

  1. Impuesto sobre la nómina:

    • El MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional) implica una reducción salarial para los trabajadores, aumentando las cotizaciones para contribuir directamente a las pensiones.
    • La tasa aplicable en 2024 es del 0,7%, distribuida en un 0,58% para la empresa y un 0,12% para el trabajador.

  1. Cambios en deducciones por alquiler:

    • Se reduce la deducción por rendimientos netos de alquiler del 60% al 50% a partir de 2024, afectando contratos firmados después del 26 de mayo de 2023.
    • Se introducen nuevas reducciones, como hasta el 90% para arrendadores que rebajen la renta en más del 5%, y del 70% para arrendamientos a jóvenes o entidades sin fines de lucro.
  2. Aumento del mínimo exento en IRPF:

    • El mínimo para tributar en el IRPF se eleva de 14,000 a 15,000 euros a partir de 2024. Aquellos con bajos ingresos por dos pagadores ahora deben superar los 15,000 euros anuales para declarar.
  3. Información sobre criptomonedas:

    • Se refuerza la vigilancia sobre criptomonedas en 2024. La Agencia Tributaria introduce el modelo 721 para declarar criptomonedas en el extranjero por valor de 50,000 euros o más hasta el 1 de abril.
  4. Prórroga del impuesto de solidaridad a grandes fortunas:

    • Se prorroga la aplicación del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, aplicable a patrimonios superiores a 3 millones de euros, con un mínimo exento de 700,000 euros.
  5. Exenciones en sucesiones en CCAA:

    • Baleares, La Rioja, Aragón y Comunidad Valenciana permiten bonificaciones del 99% al 100% en el impuesto de sucesiones.
  6. Obligación de declarar para autónomos:

    • Los autónomos dados de alta en el RETA o Régimen Especial de la Seguridad Social deben presentar la declaración de la Renta, independientemente de los ingresos.
  7. Ajustes en el sistema de módulos:

    • Los autónomos en estimación objetiva verán reducida la deducción extraordinaria del 10% en el IRPF al 5%, excepto para actividades específicas como agricultura y ganadería.

Fuente: Arag