Seguro de Hogar para Inquilinos


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Preguntas Frecuentes

Es un seguro diseñado para proteger a quienes viven de alquiler frente a daños en el contenido de la vivienda (muebles, electrodomésticos, objetos personales) y su responsabilidad civil como inquilinos. Además, incluye servicios de asistencia y coberturas adicionales adaptadas a las necesidades de los arrendatarios.

Aunque el propietario tenga su propio seguro, el inquilino es responsable de los daños que pueda causar en la vivienda o a terceros. Además, tu seguro protege tus pertenencias y te da tranquilidad ante cualquier imprevisto.

El seguro del propietario cubre la estructura y elementos fijos de la vivienda. El del inquilino protege tus bienes personales y tu responsabilidad por daños accidentales en la vivienda o a vecinos.

No es obligatorio por ley, pero muchos propietarios lo exigen en el contrato de alquiler. Además, es la mejor forma de evitar problemas y gastos inesperados.

Protege tus muebles, electrodomésticos y objetos personales frente a incendios, robos, daños por agua, roturas accidentales y mucho más. También incluye responsabilidad civil y asistencia urgente en el hogar.

  • Daños por incendio, explosión y caída de rayo.
  • Daños por agua (rotura de tuberías, escapes, filtraciones).
  • Daños eléctricos.
  • Robo, expoliación y hurto en la vivienda.
  • Rotura de cristales, loza sanitaria y vitrocerámica.
  • Responsabilidad civil como inquilino (por daños a la vivienda o a terceros).
  • Asistencia en el hogar (servicios urgentes, bricolaje, reparación de electrodomésticos).
  • Defensa jurídica y reclamación de daños.
  • Servicios técnicos y orientación médica.
  • Daños por dolo, negligencia grave o mala fe del asegurado.
  • Daños por guerras, catástrofes naturales o nucleares.
  • Daños por desgaste, falta de mantenimiento o defectos de construcción.
  • Daños en bienes al aire libre o en viviendas deshabitadas permanentemente.
  • Multas, sanciones o responsabilidades cubiertas por seguros obligatorios.
  • Daños en datos, software o programas informáticos.

Sí, cubre la responsabilidad civil como inquilino por daños accidentales a la vivienda alquilada y a terceros, así como la responsabilidad civil personal y familiar.

La cobertura es válida para daños ocurridos en territorio español y, en el caso de responsabilidad civil y robo fuera del hogar, en toda la Unión Europea, siempre que las reclamaciones se realicen conforme a la legislación española.

  • Reparaciones urgentes (cerrajería, fontanería, electricidad, cristalería).
  • Envío de profesionales para pequeñas reparaciones y bricolaje.
  • Asistencia informática y de ciberriesgos.
  • Orientación médica telefónica y testamento online.
  • Limpieza del hogar al finalizar el contrato de alquiler (según condiciones)

Sí, puedes cambiar de seguro avisando a tu compañía actual con al menos un mes de antelación al vencimiento.