Al igual que los coches, furgonetas, camiones y autocaravanas, una moto puede llevar un remolque. Gracias al Real Decreto 1428/2003 que anuló de manera definitiva las disposiciones recogidas en el Real Decreto 2822/1998, donde se prohibía expresamente el uso de remolques en motos e indicaba que ni las motocicletas ni los vehículos de tres ruedas podían arrastrar un remolque o un semirremolque.

Condiciones para arrastrar un remolque

  • El peso del remolque no puede superar el 50% del peso del vehículo.
  • Circular de día y en condiciones en las que la visibilidad no esté comprometida.
  • Reducir en un 10% la velocidad genérica del vehículo. Te recomendamos consultar el artículo 48 del Real Decreto 1428/2003 para conocer los límites de velocidad admitidos por ley.
  • El vehículo remolcado en ningún caso puede transportar personas.

Estas condiciones o restricciones solo aplican para la circulación en carreteras interurbanas. Si necesitas viajar con una moto arrastrando un remolque por un núcleo urbano, entonces tendrás que consultar la Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento correspondiente.

Modificaciones hechas al vehículo para arrastrar un remolque

La incorporación de un enganche a ese tipo de vehículos implica solicitar a la DGT la homologación aportando el proyecto técnico, el informe de conformidad, el certificado del taller a cargo de la instalación y la certificación del fin de obra.

Por último, necesitarás la homologación de la ITV para que, en la nueva ficha, figuren las modificaciones que ha sufrido el vehículo tras instalar el remolque.

¡Ya estás listo!

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Fuente: Allianz