DECIDIDO, NOS DIVORCIAMOS, PERO ¿QUIÉN SE QUEDA CON LA MASCOTA?

Los animales dejaron de ser objetos desde el pasado mes de enero, cuando se aprobó la Ley 17/2021 por la que se modificaba, entre otros, el Código Civil en cuanto al régimen jurídico de los animales. La novedad principal de esta ley es que los animales pasan de ser objetos a seres vivos.

 

Por ello, en caso de separación o divorcio, debe fijarse un régimen de custodia para nuestras mascotas, sino es posible llegar a un acuerdo sobre el cuidado de esta.

 

A falta de acuerdo entre las partes sobre el cuidado de nuestra mascota, será el juez quien decida finalmente con quién se queda. Para ello, tendrá en cuenta el bienestar de la mascota, pudiendo fijar una custodia compartida o un régimen de visitas.

 

También se fijarán las cargas asociadas al cuidado del animal, atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar de la mascota, independientemente de quién tiene la titularidad del animal y a quién le haya sido confiado su cargo.

Estos acuerdos se plasman en un documento denominado Convenio Regulador y se puede establecer lo siguiente:

 

  • Distribución del tiempo
  • Custodia compartida
  • Gastos originados por su cuidado

 

Y para asegurar el bienestar total, te aconsejamos contratar un seguro específico para para tu mascota:

https://www.cmponlinestore.com/que-seguro-necesitas/seguro-de-mascotas/

 

Fuente: Arag

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